CAR y Policía frenan transporte ilegal de guadua en vías de Cundinamarca

* El material era transportado por la vía Fusagasugá – Arbeláez sin permiso de aprovechamiento ni salvoconducto de movilización.


* La guadua, conocida como el “acero vegetal” ofrece beneficios como captura de carbono, regulación hídrica y es materia prima para diversos productos.

* “En el operativo se incautaron alrededor de 100 varas de guadua con un volumen estimado de 2,3 m3 que eran trasladadas sin autorización por parte de la CAR como autoridad ambiental”, Érika Álvarez, directora regional CAR Sumapaz.

Fusagasugá, 03 de enero de 2025. #LaCARactúa.

La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), en conjunto con la Policía Nacional, decomisó aproximadamente 100 varas de guadua que eran transportadas sin los debidos permisos de aprovechamiento y movilización.

El operativo vial fue realizado en la carretera que de Fusagasugá conduce al municipio de Arbeláez, donde se interceptó un camión que transportaba la especie Guadua angustifolia sin contar con el debido permiso de aprovechamiento que exige la Corporación para dicha actividad, teniendo en cuenta las bondades de esta especie conocida también como "acero vegetal", para proyectos ambientales, construcción y fines económicos.

Érika Álvarez, directora de la regional CAR Sumapaz, precisó: "En este operativo, el Grupo de Protección Ambiental de la Policía Nacional llevó a cabo la incautación de alrededor de 100 varas de guadua con un volumen estimado de 2,3 m³, las cuales eran trasladadas sin la autorización por parte de la CAR como autoridad ambiental.”

La guadua fue recibida en custodia en la Dirección Regional Sumapaz y posteriormente trasladada al Centro de Atención y Valoración de Flora de la Corporación. En cuanto a la persona que transportaba el material, fue puesta a disposición de las autoridades competentes y desde la CAR se dio inicio al proceso sancionatorio ambiental.

Es importante, recordar que el aprovechamiento de productos obtenidos de la guadua (Guadua angustifolia) es objeto de autorización por parte de la autoridad ambiental y que la movilización o transporte de especímenes de la biodiversidad biológica en primer grado de transformación, debe estar amparado por el correspondiente Salvoconducto Único Nacional en Línea (SUNL).

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