PRESERVACION DE LA MADERA GUADUA (SNR-10 TITULO G 11.2.2)
Se entiende por preservación o inmunización de la madera el proceso mediante el cual se aplica un producto químico capaz de protegerla contra el ataque de hongos, insectos o taladradores marinos.
(a) Los productos químicos que se podrán utilizar son los especificados en las normas NTC 1764, NTC 1767, NTC 1854 y NTC 2247, consistentes en productos inorgánicos oleosolubles. Al utilizar los productos mencionados se deberán cumplir los requisitos establecidos en las normas ICONTEC correspondientes.
(b) Toda madera antes de someterse a un proceso de inmunización deberá prepararse apropiadamente. Dicha preparación consistirá en una o varias de las siguientes acciones:
(1) Descortezado — Especialmente de madera que se va a utilizar en forma rolliza como postes, pilotes, etc.
(2) Secado — Según el proceso de inmunización el contenido de humedad es distinto pero en cada caso deberá ajustarse a las especificaciones técnicas del proceso.
(3) Incisionado — Maderas aserradas o rollizas de alta densidad o muy impermeables deberán incisionarse para asegurar una penetración más profunda y homogénea de la sustancia inmunizante.
(4) El dimensionamiento final y las operaciones de cajeado, perforaciones o trabajos similares deberán realizarse antes del proceso de preservación. Si por fuerza mayor debiera hacerse algún corte o taladrado posteriormente al tratamiento se deberá preestablecer la capa protectora mediante pastas preservadoras o similares.
(c) Según los requerimientos de protección, el uso de la madera y las características de ella, se aceptarán dos métodos de preservación: tratamiento sin presión y tratamiento a presión.
(d) Los tratamientos sin presión más aceptables son: aplicación con brocha, pulverización o aspersión, inmersión, baño caliente y frío, difusión y doble difusión.
(e) Los tratamientos a presión aceptables son: a célula llena y a célula vacía.
(f) Las maderas preservadas mediante procesos a presión deberán cumplir con la norma NTC 2083, en cuanto a los requisitos de penetración y retención neta de acuerdo con las condiciones de uso.
(g) Los ensayos para determinar la penetración y retención de la sustancia inmunizante deberán ajustarse a las especificaciones de las normas NTC 1093 y NTC 1157 respectivamente.
(h) La toma de muestras para los ensayos mencionados deberá seguir los procedimientos de la norma NTC 1822. (i) La evaluación del valor fungicida de los preservativos para madera se hará según la norma NTC 1128 (ASTM D 1413).
(j) La efectividad de los preservativos en condiciones normales de uso de la madera inmunizada se podrá evaluar mediante la norma NTC 794.
(k) La terminología más usual relacionada con los materiales y procedimientos de preservación será aquella establecida en la norma NTC 1149.
(l) Algunas maderas no requerirán tratamientos inmunizantes debido a las condiciones de uso o a su propia durabilidad natural. La durabilidad natural o resistencia natural de las maderas a la pudrición podrá evaluarse en forma acelerada mediante el método descrito en la Norma NTC 1127.
(m) En los tratamientos de vacío-presión las inmunizadoras deberán dejar registros escritos y suministrar al cliente la siguiente información mínima:
1) Tipo de tratamiento utilizado.
2) Tipo de inmunizante.
3) Penetración.
4) Retención.
5) Garantía otorgada según uso.
6) Precauciones y recomendaciones de uso.
(n) En los procedimientos de aplicación manual deberán suministrarse al cliente el catálogo u hoja técnica del producto inmunizante. Durante la inmunización se debieran observar todas las normas de seguridad suministradas por el fabricante.
GUSTAVO TENECHE
gustavoteneche@empresarios.com
Diseñador, Constructor y Empresario de la Guadua.
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