NUEVOS DELITOS AMBIENTALES CUYA VIGILANCIA Y CONTROL FORTALECERÁ MINAMBIENTE EN 2022

“Atentar contra nuestras especies y ecosistemas estratégicos es atentar contra la vida de las próximas generaciones», dice Ministro

  • colprensa,
  • jueves, 6 de enero de 2022.

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible recordó que proteger la biodiversidad del país es una de las principales propuestas para este año, y para lograrlo será determinante la aplicación de la Ley 2111 de julio de 2011, conocida como Ley de Delitos Ambientales.

La norma creó seis nuevos delitos y fortalece las sanciones de cinco ya existentes en el Código Penal Colombiano.

“Atentar contra nuestras especies y ecosistemas estratégicos es atentar contra la vida y el futuro de las próximas generaciones. Hoy, Colombia cuenta con las herramientas necesarias para judicializar a los responsables. Hago un llamado para que nos convirtamos en los guardianes de nuestros bosques y protectores de nuestras especies silvestres”, aseguró el ministro de Ambiente, Carlos Eduardo Correa.

Los siguientes son algunos de los delitos incluidos en la norma y las sanciones a las que se exponen quienes afecten los recursos naturales y el medio ambiente.

Aprovechamiento ilícito

Quien se apropie, acceda, capture, mantenga, introduzca, extraiga, explote, aproveche, exporte, transporte, comercie, explore, trafique o de cualquier otro modo se beneficie de los especímenes, productos o partes de los recursos fáunicos, forestales, florísticos, hidrobiológicos, corales, biológicos o genéticos de la biodiversidad colombiana, incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento treinta y cinco (135) meses, y multa de ciento treinta y cuatro (134) a cuarenta y tres mil setecientos cincuenta (43.750) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando la conducta se cometa a través de la práctica de cercenar aletas de peces cartilaginosos (tiburones, rayas o quimeras), y descartar el resto del cuerpo al mar.

Tráfico de fauna

El que trafique, adquiera, exporte o comercialice sin permiso de la autoridad competente o con incumplimiento de la normatividad existente los especímenes, productos o partes de la fauna acuática, silvestre o especies silvestres exóticas, incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento treinta y cinco (135) meses, y multa de trescientos (300) hasta cuarenta mil (40.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando la conducta se cometa a través de la exportación o comercialización de aletas de peces cartilaginosos (tiburones, rayas o quimeras).

Deforestación

El que sin permiso de autoridad competente o con incumplimiento de la normatividad existente tale, queme, corte, arranque o destruya áreas iguales o superiores a una hectárea continua o discontinua de bosque natural, incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses, y multa de ciento treinta y cuatro (134) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

En los siguientes casos, la pena se aumentará a la mitad:

1. Cuando la conducta se realice para acaparamiento de tierras, para cultivos de uso ilícito o para mejora o construcción de infraestructura ilegal.

2. Cuando la conducta afecte más de 30 hectáreas contiguas de extensión o cuando en un periodo de hasta seis meses se acumule la misma superficie deforestada.

Daños en los recursos naturales y ecocidio

Quien destruya, inutilice, haga desaparecer o cause un impacto ambiental grave o de cualquier otro modo dañe los recursos naturales, incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento treinta y cinco (135) meses, y multa de ciento sesenta y siete (167) a dieciocho mil setecientos cincuenta (18.750) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Contaminación ambiental

El que contamine, provoque o realice directa o indirectamente emisiones, vertimientos, radiaciones, ruidos, depósitos o disposiciones al aire, la atmósfera o demás componentes del espacio aéreo, el suelo, el subsuelo, las aguas superficiales, marítimas o subterráneas o demás recursos naturales en tal forma que contamine o genere un efecto nocivo en el ambiente, que ponga en peligro la salud humana y los recursos naturales, incurrirá en prisión de sesenta y nueve (69) a ciento cuarenta (140) meses, y multa de ciento cuarenta (140) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Conviene recordar que la Fiscalía General de la Nación, a través de la Dirección Especializada para los Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente, realizará la investigación y judicialización de estos delitos y demás conductas delictivas conexas o relacionadas.

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PREFABRICADO EN GUADUA- Un prefabricado o pre-ensamblado es una casa que se hace antes de, es decir, se pre-fabrica o se pre-construye y luego se ejecuta rápidamente evitando una serie de gastos en campo de obra, pueden haber casas muy costosas como algunas otras económicas, todo de pende del concepto de vivienda requerido. Este concepto se ve mas en casas de concreto. No en guadua bambú. Podemos ejecutarlas y es de tenerse en cuenta que para ello se contrata inicialmente: 1) diseño y modelo. 2) Ejecución e instalación. 3) y por ultimo acabados. Adicional a esto debe tenerse en cuenta los tramites de licencia en planeación o el ente regulador en su municipio.

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Estimados amigos de la mesa sectorial cadena de la guadua.

Les comparto esta importante invitación a evento.

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Con apoyo de la Dirección de Cambio Climático de MinAmbiente, se realizará el evento para informar sobre los últimos eventos en materia de mercado dne carbono. Las invitaciones serán enviadas a los correos de contacto

el lunes 18, favor estar atentos y confirmar.

Participación previa confirmación en el correo negocios

Atenta a sus comentarios e inquietudes,

Liliana Medina Peña

Mesa Sectorial de Produccion Forestal

Centro de los Recursos Naturales Renovables la Salada

Sena Regional Antioquia

Tel:+57 1 800 0910270 Ext.42915 / 3113618921

Km 6 Vía la Pintada ,

Caldas, Antioquia, Colombia

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